Licencias por estudio
¿Qué es una licencia por estudios?
Es la autorización para poder ausentarse del Centro de trabajo. Puede concederse por motivos de estudio, investigación, asistir a congresos, seminarios, conferencias, reunión de trabajo o gestión de administración.
¿Cuándo tengo que solicitar una licencia por estudios?
Cada vez que vaya a ausentarse del Centro de trabajo por alguno de los motivos mencionados.
¿Quién autoriza una licencia por estudios?
Dependerá de la duración de la licencia:

* Hasta quince días de duración: el Decano/a o Director/a del Centro.
* Más de quince días de duración: el Vicerrector/a de Profesorado por delegación del Rector.

* Más de tres meses de duración: el Consejo de Gobierno.
¿Se necesita algún informe para solicitar una licencia por estudios?
Sí, en todo caso es necesario informe del Departamento y del Centro. 
¿Cómo se solicita una licencia por estudios?
Por Registro, con el impreso de licencia por estudios que puede encontrar en la página web del Área de PDI (www.docentes.us.es), debidamente cumplimentado y firmado por el interesado. 
¿Qué es una comisión de servicio?
Es la autorización para el abono de los gastos que conlleve la licencia por estudios, en su caso.
¿Quién autoriza una comisión de servicio?
* Si es menos de quince días y con cargo a créditos de investigación: el Decano/a o Director/a del Centro.
* Si es más de quince días: el Vicerrector/a de Profesorado por delegación del Rector.
* Si los gastos van con cargo al presupuesto general: el Vicerrector/a de Profesorado por delegación del Rector.
¿Cómo se solicita una comisión de servicio con cargo a una licencia por estudios?
Por Registro, hay que presentar dos solicitudes, la solicitud de licencia por estudios y la solicitud de comisión de servicio debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante, el Director del Departamento y el Responsable del crédito.